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S-03969-2023

Alquiler de pantallas led
.Con este expediente se pretende atender las demandas de pantallas LED destinadas a la producción de programas audiovisuales solicitados por las diferentes áreas de RTVE. RTVE dispone de este tipo de recursos con los que se cubre la mayor parte de sus necesidades, principalmente en sus producciones más estables, es necesario contar con el alquiler de estas pantallas, debido a la concentración de la producción en determinadas fechas o por tener que atender producciones en las que no es posible contar con tiempos suficientes para la tramitación de una compra. El objetivo del presente expediente es la formalización de un contrato que permita a RTVE menores tiempos para poder disponer de los equipos en alquiler, así como disminuir el numero de expedientes, unificando las solicitudes de estos equipos en este contrato.
Importe de licitación (sin impuestos)
746.450,00 EUR
Estado Evaluación
Periodo de solicitudes
29/jun/2023 15:30 - 31/jul/2023 14:00
Entidad RTVE
Órgano de contratación
Paradores B2B AUTORIZADO
Tipo de Contrato Suministros
Tipo de Procedimiento
Abierto
SARA
Valor estimado sin impuestos 746.450,00 EUR
Código CPV
32351200-0 Pantallas

Forma de presentación

Estructura de la oferta

  • Sobre de documentación administrativa
    • Declaración responsable de cumplimiento de requisitos previos o DEUC
    • Otras solvencias económicas
    • Otras solvencias técnicas
  • Sobre de documentación técnica subjetiva
    • Criterio técnico subjetivo con múltiples documentos
  • Sobre de documentación técnica objetiva
    • Criterio técnico objetivo con múltiples documentos
  • Sobre de documentación económica
    • Precio

Documentos y enlaces publicados del expediente

Documento
Anexo a publicar

Acta apertura Administrativa

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Anexo a publicar

Acta apertura Técnica subjetiva

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Documentos adicionales a publicar

MEMORIA JUSTIFICATIVA

Descargar

Pliego administrativo

PLIEGO CONDICIONES GENERALES

Descargar

Pliego técnico

PLIEGO CONDICIONES TECNICAS

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Mesas de apertura de la licitación.

S-03969-2023: Sobre A

1 agosto 2023 09:00

Finalizada

S-03969-2023: Sobre B1

2 agosto 2023 09:00

En curso

S-03969-2023: Sobre B2

1 agosto 2023 09:00

Pendiente

S-03969-2023: Sobre C

1 agosto 2023 09:30

Pendiente

Anuncios de licitación publicados

  • Anuncio de licitación

    Publicado el 29/06/2023 a las 15:08

  • Anuncio de pliegos

    Publicado el 03/07/2023 a las 10:31

    Ver Anuncio
  • Anuncio de documento descriptivo

    Publicado el 01/08/2023 a las 14:40

  • Anuncio de documento descriptivo

    Publicado el 02/08/2023 a las 11:13

Para poder formular preguntas debe estar previamente registrado, o bien manifestar el interés mediante la inscripción de una solicitud
Buenos días En relación al expediente, con respecto a la solvencia técnica, no me queda claro Es suficiente con que la suma de los tres trabajos realizados durante los tres últimos años sume el 70% del valor anual del acuerdo marco ?
Enviada

14/jul/2023

Contestada

14/jul/2023

Buenos días, Si, es suficiente con que la suma de los trabajos realizados en los últimos 3 años sume el 70% del valor anual estimado del contrato.
Buenos días En relación al expediente, agradecería que me indicarán en que fechas aproximadamente se calcula que comenzarán los servicios, Un saludo
Enviada

17/jul/2023

Contestada

17/jul/2023

Las fechas aproximadas para el comienzo de los servicios será a primeros de octubre. Un saludo.
Buenos días , tenemos alguna consulta sobre el expediente en referencia. - “Entendemos que el importe de la adjudicación es por 1 año, ¿podrían explicar como se han realizado los cálculos de los precios?, ya que el precio de MedisServer se calcula en 400 dias de uso” - “Aceptar que los productos de LED son 2mm o inferior implica que ¿TODOS los servicios se deberíabn realizar con este producto? - “En varios puntos se habla de adjudicatario y en otros de adjudicatarios, ¿será un contrato en exclusiva? O ¿con varios adjudicatarios? ¿Con cuantos? Muchas gracias
Enviada

20/jul/2023

Contestada

21/jul/2023

- Respuesta a 1ª pregunta: Tal como se indica en art 4ª.de Anexo II de PCG, el plazo de duración del contrato será por un periodo de DOS años desde la formalización del contrato. - Respuesta sobre si "¿TODOS los servicios se deberían realizar con este producto?" SI, para que se valore con 6 puntos de "Criterios de valoración automáticos- técnicos" Pixel Pitch menos o igual a 2 mm. - Respuesta sobre tipo de contrato: Contrato en exclusiva.
Buenos días En relación a la documentación administrativa entiendo que no hay un deuc para rellenar, es suficiente con el anexo III
Enviada

24/jul/2023

Contestada

24/jul/2023

Efectivamente, es suficiente con el Anexo III -Declaración Responsable que se incluye en el Pliego de Condiciones Generales.
Buenas tardes, Estamos valorando la licitación S-03969-2023 y hemos visto que para tener la solvencia económica, el requisito es tener un volumen anual de negocio igual o superior al valor estimado del acuerdo marco. El importe del acuerdo marco es de 746.450€ y el volumen de nuestra empresa del 2022 es de 616.000€, no llegamos al mínimo.  Existe la opción de poder validar la solvencia económica de alguna forma?  Estamos a la espera de vuestra respuesta para poder proceder con la preparación de la licitación. Muchas gracias,
Enviada

24/jul/2023

Contestada

25/jul/2023

El Art. 75 de la Ley la Ley 9/2017, de 8 de noviembre de Contratos del Sector Público, ofrece la posibilidad de presentar oferta al concurso, aportando la solvencia técnica y/o económica de otra empresa. Para ello, en el sobre de la documentación administrativa deberá aportar, además del Anexo III o Declaración Responsable, un documento "COMPROMISO PARA LA INTEGRACION DE LA SOLVENCIA CON MEDIOS EXTERNOS PREVISTA EN EL ART. 75 LCSP", firmado por ambas empresas, en el que una y otra empresa se comprometen durante la ejecución del contrato, a prestar la solvencia económica y/o técnica que se solicita en la licitación. Adjunto el citado artículo: Artículo 75. Integración de la solvencia con medios externos. 1. Para acreditar la solvencia necesaria para celebrar un contrato determinado, el empresario podrá basarse en la solvencia y medios de otras entidades, independientemente de la naturaleza jurídica de los vínculos que tenga con ellas, siempre que demuestre que durante toda la duración de la ejecución del contrato dispondrá efectivamente de esa solvencia y medios, y la entidad a la que recurra no esté incursa en una prohibición de contratar. En las mismas condiciones, los empresarios que concurran agrupados en las uniones temporales a que se refiere el artículo 69, podrán recurrir a las capacidades de entidades ajenas a la unión temporal. No obstante, con respecto a los criterios relativos a los títulos de estudios y profesionales que se indican en el artículo 90.1.e), o a la experiencia profesional pertinente, las empresas únicamente podrán recurrir a las capacidades de otras entidades si estas van a ejecutar las obras o prestar servicios para los cuales son necesarias dichas capacidades. 2. Cuando una empresa desee recurrir a las capacidades de otras entidades, demostrará al poder adjudicador que va a disponer de los recursos necesarios mediante la presentación a tal efecto del compromiso por escrito de dichas entidades. El compromiso a que se refiere el párrafo anterior se presentará por el licitador que hubiera presentado la mejor oferta de conformidad con lo dispuesto en el artículo 145, previo requerimiento cumplimentado de conformidad con lo dispuesto en el apartado 2 del artículo 150, sin perjuicio de lo establecido en el apartado 3 del artículo 140. 3. Cuando una empresa recurra a las capacidades de otras entidades en lo que respecta a los criterios relativos a la solvencia económica y financiera, el poder adjudicador podrá exigir formas de responsabilidad conjunta entre aquella entidad y las otras en la ejecución del contrato, incluso con carácter solidario. 4. En el caso de los contratos de obras, los contratos de servicios, o los servicios o trabajos de colocación o instalación en el contexto de un contrato de suministro, los poderes adjudicadores podrán exigir que determinadas partes o trabajos, en atención a su especial naturaleza, sean ejecutadas directamente por el propio licitador o, en el caso de una oferta presentada por una unión de empresarios, por un participante en la misma, siempre que así se haya previsto en el correspondiente pliego con indicación de los trabajos a los que se refiera.
Buenos dias En relación al alquiler del material, me surge la siguiente consulta, si por ejemplo se realiza el alquiler del mismo desde el día 1 día montaje hasta el 30 desmontaje y el programa sería semanal, el precio es por todos los días de alquiler , además del día de montaje y desmontaje ?? Es decir sería el mes entero, aunque se utilice solamente una vez a la semana ? Un saludo y gracias
Enviada

27/jul/2023

Contestada

28/jul/2023

Buenos días, se facturarían dos conceptos: · El montaje y desmontaje que es un importe calculado en relación con la cantidad módulos que se soliciten y en el que no afectan los días necesarios para estos trabajos, adaptándose al plan de trabajo que indique RTVE. · Alquiler diario del sistema, que se factura por los días en que se encuentre instalado una vez finalizado el montaje, independientemente de los días que RTVE haga uso de las pantallas. Un saludo